¿A quién puede alcanzar?
La Ley N.º 5.920 se aplica en CABA a edificios, establecimientos y predios comprendidos por el régimen, además de determinados eventos. La clasificación y los requisitos dependen de las características del caso; no es correcto asumir la misma obligación para todos los establecimientos.
Evaluación y documentación
El trabajo puede incluir análisis de actividad, población, riesgos y medios de protección, así como planificación de procedimientos, evacuación, capacitación y simulacros. La elaboración o presentación formal debe quedar sujeta a la intervención del profesional habilitado que corresponda.
Trámite y vigencia
La normativa y sus disposiciones complementarias pueden actualizar procedimientos, grupos y vigencias. Antes de iniciar una gestión conviene verificar la versión vigente y el encuadre específico del establecimiento con la autoridad competente.